REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de mayo de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-S-2005-001864
Por recibida la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la abogada en ejercicio YALECCI VALDERRAMA DE MARTINEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.075, actuando en nombre y representación de las niñas KATHERINE DEL VALLE GABRIELA, KIMBERLYS GABRIELA DEL VALLE y KARLA GABRIELA DEL VALLE “RONDON RODRIGUEZ”, de diez (10), nueve (09) y cinco (05) años de edad actualmente, en el cual solicita que se les declare UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del ciudadano CARLOS ALBERTO RONDON VELASQUEZ (difunto), quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.298.563, todo constantes de ocho (08) folios útiles, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, LA ADMITE.- Désele entrada.- Fórmese expediente.- En consecuencia, a los fines de proveer sobre lo solicitado éste Tribunal acuerda: 1) Tómese declaración a dos (02) testigos que a bien tenga presentar la parte interesada. 2) Notifíquese a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Inicio del Presente Procedimiento. Líbrese boleta de notificación. 3) Citar a la madre de las niñas de auto ciudadana GRACIELA JOSEFINA RODRIGUEZ DAMBROSIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.878.333, domiciliada en la Avenida Principal de Valle Verde, casa N° 4, Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas de ocho y treinta de la mañana y dos y treinta de la tarde, a los fines de que exponga lo que creyere conveniente con relación a la presente solicitud. Líbrese boleta de citación.- Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº 02.

DRA. ANA JACINTA DURAN.


LA SECRETARIA.-

ABOG. MELISSA AZOCAR.-

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-

LA SECRETARIA.-

ABOG. MELISSA AZOCAR.-

ADJ/lba.-