REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de mayo de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-S-2005-001485
Por recibido el presente Expediente de Colocación Familiar relacionado con el niño JUAN CARLOS JOSE ROJAS CHAKIAN, propuesto por la ciudadana MALVI ROJAS, Por Inhibición planteada por la DRA. ANA JACINTA DURAN, Juez de la Sala de Juicio N° 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, constante de (25) folios útiles. Désele entrada. Admítase. Anótese en los libros respectivos. Notifíquese del ingreso del presente expediente a la Fiscal Décimo tercero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui. Librese boleta.-. Por ser este Tribunal competente para conocer de dicho asunto, conforme al articulo 129 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 01, se avoca al conocimiento de la presente solicitud y conforme a lo establecido en el artículo 126 literal “I” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y esta Sala de Juicio Nº 01, acuerda practicar las siguientes diligencias: Cítese a los ciudadanos MALVI JOSEFINA ROJAS, JUAN CARLOS ROJAS y la abuela paterna ciudadana Indalecia Rojas, domiciliada la primera en Caracas, Distrito Capital y los segundo de los nombrados en la Calle Sucre N° 08-B, Clarines, Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante este Tribunal al tercer (3er) día de despacho siguiente a su citación a las once y media (11:30 a.m.) de la mañana, a los fines de que expongan lo que crea conveniente en relación al presente caso. Líbrese boletas de citación. Asimismo, se acuerda la practica de un informe social en el hogar donde habita la niño y la practica de sendas evaluaciones psicológicas y psiquiátricas a todo el grupo familiar; comisionándose para tal fin al Equipo Multidisciplinario de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quienes estando presente se dieron por enterados de la comisión a cumplir. Igualmente se acuerda la citación de la ciudadana NADIA CHAKIAN, madre biológica del niño JUAN CARLOS JOSE ROJAS CHAKIAN, una vez sea consignada en autos su dirección y domicilio actual.-
JUEZ UNIPERSONAL SALA Nº 01

DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN

EL EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO





LA SECRETARIA,

Abog. ODALIS MARIN MAITAN.-