REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro de mayo de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-S-2005-001998

Por recibida la anterior solicitud de DISPOSICION DE BIENES, propuesta por el Abogado JOSÉ MANUEL ROMERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.521.380, actuando con su carácter de Administrador de la Empresa URIMAN G.B.C., a favor de la adolescente y niños LUISANA DEL VALLE , VERONICA DE LOS ANGELES y LUIS MARIO "BRITO BARRIOS”, de trece (13), once (11) y dos (02) años de edad actualmente, junto con los recaudos que en ella se mencionan, toda constante de Un (1) folio útil y treinta (30) anexos.- Désele entrada.- Fórmese expediente y anótese en los libros respectivos.- Por cuanto la misma no es contraria a derecho, el Tribunal la ADMITE, y en consecuencia ordena notificar a la Fiscal Decimoquinta del Ministerio Publico, del inicio de la presente solicitud, notifíquese de la presente solicitud a la Ciudadana LILA ODALISCA BARRIOS MALAVE, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.907.740, domiciliada en la Calle Nueva Esparta, N° 99, Barrio Los Yaques, Puerto La Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, a los fines de informarle sobre la presente, en su condición de madre del adolescente y niños de autos. Asimismo se comisiona al departamento de contabilidad adscrito a este Despacho a aperturar una cuenta de ahorros en cero (0) Bolívares, con el cheque signado con el N° 25491761, de la cuenta N° 0105-0046-04-1046606379, contra el banco del Mercantil, a nombre del adolescente y niños "BRITO BARRIOS”. Líbrese libretas.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02.
Dra. ANA JACINTA DURAN.


LA SECRETARIA.

Abog. FARAH MELISSA AZOCAR.


En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-

LA SECRETARIA.

Abog. FARAH MELISSA AZOCAR.


AJD/Mary C.