REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de mayo de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-V-2005-000536

Por recibida la anterior solicitud de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, propuesta por la ciudadana MIRELYS KATIUSKA GIMENEZ SIFONTES, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-8.263.136, de este domicilio, debidamente asistida en este acto por la DEFENSORA PUBLICA DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, de esta Circunscripción Judicial, Abogada JOSEFINA GONZALEZ MARCANO, actuando en nombre y representación de su hijo ANGEL JOSE “MARQUEZ GIMENEZ”, de Trece (13) años de edad, en contra del ciudadano JOSE JOAQUIN MARQUEZ MOLINET.- Désele entrada. En consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho se requiere por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbre y a ninguna disposición expresa de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y conforme a lo dispuesto en el Articulo 514 de la precitada Ley, cítese al ciudadano JOSE JOAQUIN MARQUEZ MOLINET, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.950.786, y presta sus servicios en la UNIVERSIDAD DE ORIENTE (UDO), ubicada en la Avenida Universidad, Núcleo de Cumana del Estado Sucre, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30am) y las dos y treinta minutos de la tarde (2:30pm), a los fines de que dé contestación a la presente Demanda. Líbrese boleta de citación. Se advierte a ambas partes que en la misma oportunidad se verificara el Acto Conciliatorio a las 10: 30 AM. Notifíquese del inicio del presente procedimiento a la ciudadana Fiscal Undécimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Librese boleta de notificación.- En cuanto a las Medidas solicitadas se proveerá por auto y cuaderno separados.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02


DRA. ANA JACINTA DURAN.-




LA SECRETARIA.-
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.-

AJD/crc,.-