En el día de hoy cuatro de Mayo de dos mil cinco, siendo las 10:45 AM, se trasladó y constituyó el Tribunal, previa habilitación, en companía del Apoderado Judicial, Abogado en ejercicio Luis Pérez con Inpreabogado bajo el número: 105.792 en la Calle Carabobo, Casa Nro. 22 de ésta ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui, a los fines de prácticar la Entrega Material del Inmueble señalado en la presente Comisión, que se encuentra relacionada con el Juicio por Desalojo, formulado por la Ciudadana: Juliet Pérez en contra del Ciudadano: Luis Torres ante el Tribunal del Municipio Simón Rodríguez. Presente en el sitio la Ciudadana: Lisbeth del Valle Ríos, V- 8.470.971, quien manifestó que el Ciudadano: Luis Torres se encontraba trabajando, a quien el Tribunal le notificó del motivo de su misión. Seguidamente el Tribunal designa como Depositario Judicial, a la Depositaria Judicial Anzoátegui, representada por el Ciudadano: Jean Carlos Lanz Jaramillo, V- 12.014.131 y como Perito Avaluador al Ciudadano: Edgar Brito, V- 13.258.827 quienes estando presente aceptaron sus cargos y prestaron el juramento de Ley. Seguidamente el Tribunal deja constancia que se hizo acompañar por el Ciudadano: Samir Salameh, V- 12.017.183 en su carácter de Consejero de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Simón Rodríguez. Acto seguido, el Tribunal a los fines de darle cumplimiento a la presente medida de Ejecución Forzosa de Sentencia, hace entrega a la parte actora completamente desocupada, libre de bienes y personas el presente inmueble, ubicada en la Calle Carabobo, Casa Nro. 22 de ésta ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui, Municipio Simón Rodríguez, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Calle Carabobo, que es su frente midiendo seis metros con veinticinco centímetros (6,25 Mts), SUR: Casa de Rita Pérez midiendo (6,98 Mts), ESTE: Casa de Luis Celis midiendo (16,80 Mts) y OESTE: Casa de Teotiste Valera midiendo (16,25 Mts), quien la recibió conforme. Seguidamente el Tribunal deja constancia que la notificada Ciudadana: Lisbeth del Valle Ríos, V- 8.470.971 procedió a retirar sus bienes de manera voluntaria. Siendo las 12:05 PM, el Tribunal da por cumplida su misión y acuerda el regreso a su sede, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ....., (HAY SELLO HUMEDO Y FIRMA ILEGIBLE)



LA NOTIFICADA....., (FIRMA LEGIBLE)



LA PARTE ACTORA (APODERADO)....., (FIRMA ILEGIBLE)


DEPOSITARIO JUDICIAL........, (FIRMA ILEGIBLE)


PERITO AVALUADOR........, (FIRMA ILEGIBLE)



REPRESENTANTE DEL CONSEJO DE PROTECCION........., (FIRMA ILEGIBLE, V- 12.017.183)


EL SECRETARIO......, (FIRMA ILEGIBLE)