REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, once de mayo de dos mil cinco
195º y 146º


ASUNTO : BP12-R-2005-000049
DEMANDANTE: JESÚS ANTONIO PEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 8.462.095, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL: JOSÉ ANTONIO MÀRQUEZ LOSADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 37.211.
DEMANDADO: TRANSPORTE Y SERVICIOS LOMORCA, C.A y PDVSA PETROLEO Y GAS, S.A
MOTIVO: INDEMNIZACIÒN POR ENFERMEDAD PROFESIONAL Y DAÑO MORAL.
HOMOLOGACIÓN DE DESISTIMIENTO.

Vista la diligencia de fecha seis 06 de mayo de 2005, presentada por el Abog. JOSÉ ANTONIO MÀRQUEZ LOSADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 37.211, actuando en su carácter de apoderado actor, mediante la cual desiste del presente recurso de apelación, este Tribunal, constatado que el referido apoderado tiene facultades expresas para desistir, siendo que tal desistimiento se efectúa antes de ser oído dicho recurso, y se trata de materia sobre la cual no esta prohibida la Transacción, da por consumado el desistimiento, y en consecuencia lo HOMOLOGA, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código Procedimiento Civil, aplicado analógicamente conforme al artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente. Publíquese y regístrese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho y audiencias del Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, a los once (11) días del mes de mayo de 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
La Juez Temporal

ABOG. KARELIA SILVEIRA
La Secretaria
ABOG. MARINES SULBARAN
En esta misma fecha 11-05-2005, se publicó la anterior decisión.
La Secretaria
ABOG. MARINES SULBARAN