REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 17 de Noviembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2005-003811
ASUNTO : BP01-P-2005-003811
Con ocasión a lo ordenado en el acta de Diferimiento de la Audiencia Preliminar de esta misma fecha y visto el oficio N° 1852, emanado de la Fiscalia 10° de Ejecución de sentencia, de fecha 09/11/2005, mediante el cual informa la evasión de los calabozos de la Policía Municipal de Sotillo, de los imputados LUIS GUZMAN ROJAS Y NELSON JOSE VELASQUEZ, en fecha 08/11/2005, aunado al Oficio emanado de la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, previamente observa:
En fecha 28-08-2005, SE DECRETÓ MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados LUIS GUZMAN ROJAS Y NELSON JOSE VELASQUEZ, por la comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, y visto asimismo los oficios emanados de la Fiscalia 10° de Ejecución de Sentencia, de fecha 09/11/2005 y de la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, es por lo que este Tribunal acuerda librar la correspondiente Orden de Captura a los imputados LUIS GUZMAN ROJAS, indocumentado y NELSON JOSE VELASQUEZ, titular de la cedula de identidad N° 16.527.022. Y así se Decide.
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, acuerda librar ORDEN DE CAPTURA en contra de los acusados NELSON JOSE VELASQUEZ GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° 16.517.022, Venezolano, natural de Maturín, Estado Monagas, nacido el 14-08-80, de 25 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de ANTONIO VELASQUEZ y CARMEN EMILIA GOMEZ, residenciado en VIA SAN DIEGO, LA FLORESTA, CALLE N° 08, CASA N° 03, BARCELONA ESTADO ANZOATEGUI y LUIS GUZMAN ROJAS, titular de la Cédula de Identidad N° INDOCUMENTADO, Venezolano natural de San Cristóbal, Estado Táchira, manifestó no saber la fecha de su nacimiento, de 19 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de MARCOS GUZMAN y de GLORIA MARIA SILVA, Residenciado en la Vía San Diego, Urbanización La Floresta, Calle N° 08, casa sin numero, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal. Líbrense los oficios respectivos a los Órganos Policiales competentes. Notifíquese. Cúmplase,
EL JUEZ DE CONTROL N° 02 .
DR. JOSE FRANCISCO MOLINA FAJARDO
EL SECRETARIO
ABG., ADANNEL GUERRERO
JFMF/lisbeth