REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 1 de noviembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2005-000678
ASUNTO : BP01-S-2005-000678
Vista la solicitud de Sobreseimiento de la causa consignada por el Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de esta Circunscripción Judicial, conforme a los artículos 108, ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, 34, ordinal 10° de la Ley Orgánica del Ministerio Público, 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en el proceso incoado en contra de y CARLOS ALBERTO NUÑEZ ARCIA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, penado en el artículo 460 del Código Penal; en perjuicio de DAVID MACHADO CHACIN, este Tribunal, para decidir al respecto, observa:
Analizadas las actas que conforman la presente causa, se iniciaron los hechos en fecha 24 de diciembre de 1995, en virtud de denuncia interpuesta por el ciudadano : DAVID MACHADO CHACIN, quien entre otras cosas expuso: vengo a denunciar que luego de trabajar durante toda la mañana, en el mercado municipal de aquí de Tronconal III de esta ciudad, cuando me disponía irme a mi casa pase por la carnicería alma llanera en la avenida Juan de Urpin, afín de una cobranza de carne , pero cuando me iba a bajar del carro, se presentaron unos tipos armados con pistolas y revólveres, y redijeron que les entregara el dienro que cargaba y me despojaron de cien mil bolívares en efectivo, por todo lo anterior expuesto; este Tribunal observa que no surgen los suficientes elementos de convicción necesarios para incriminar a persona alguna en el ilícito penal perseguido y ante la imposibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de persona alguna, se concluye que le asiste la razón a la parte Fiscal cuando solicita que la presente causa sea SOBRESEIDA, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal y así se decide.-
DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en Función Cuarto de Control del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Le, DECLARA CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, presentada por la parte Fiscal, en la causa incoada en contra de CARLOS ALBERTO NUÑEZ ARCIA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, cometido en perjuicio de DAVID MACHADO CHACIN, de acuerdo a los artículos 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, notifíquese y déjese copia.
LA JUEZ DE CONTROL N° 4
DRA. FREYA RODRIGUEZ DE LOPEZ.
EL SECRETARIO,
ABG. RAMON MOISES FERNANDEZ ORAA.