REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Barcelona
Barcelona, 15 de Noviembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2001-000555
ASUNTO : BP01-P-2001-000555
Visto el escrito presentado por la Dra. MARIA EUGENIA MURILLO TIMAURY, en su condición de Defensora Pública Penal del acusado TIAMAR ANTONIO AGUILERA, mediante el cual solicita a este Tribunal se ordene la revisión de las presentaciones de su representado y las extienda a un lapso de cuarenta y cinco (45) días, en virtud de que éste se encuentra cultivando el campo en la población de Clarines, Estado Anzoátegui, este Tribunal a los fines de decidir observa:
En fecha 8 de Agosto de 2003 se dicta auto de apertura a juicio oral y público por el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado, en el Artículo 5 de la Ley de Reforma Parcial del Código Penal, Publicada en Gaceta Oficial Nro. 5494 , de fecha 20 de Octubre el año 2000, en cuya oportunidad procesal se ratificaron las Medidas cautelares otorgadas por ese Tribunal, en fecha 02 de Marzo de 2001 establecida en los Artículos 256 Numerales 3 y4 del Código Orgánico Procesal Penal, ampliando el Régimen de Presentación periódica a una vez cada 30 días ante la Oficina de Alguacilazgo.
Ahora bien, de la revisión al sistema de causas juris 2000, se constató que el referido acusado desde la preindicada fecha ha dado cumplimiento al régimen de presentaciones impuesto por ese Tribunal, de manera que se hace jurídicamente viable revisar la periodicidad del régimen de presentaciones por una menos gravosa, habida consideración a los motivos alegados por la defensa y que se relacionan al trabajo en el campo que desempeña su patrocinado.
En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Con lugar la solicitud de la defensa pública del acusado TIAMAR ANTONIO AGUILERA, y acuerda modificar la periodicidad de las presentaciones impuestas al acusado por ante el Alguacilazgo de este Circuito, fijándola cada cuarenta y cinco (45) días. Notifíquese. Librese Oficio a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito.
LA JUEZ DE JUICIO N° 04
Dra. YDANIE ALMEIDA GUEVARA
LA SECRETARIA
Abog. FRANCIS SANCHEZ