REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 21 de Noviembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-1999-001886
ASUNTO: BP01-P-1999-001886

Vista la presente causa, según consta en autos el extinto Tribunal Superior Primero en lo Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Anzoátegui, quién condenó al penado: CARLOS EDUARDO RUIZ, INDOCUMENTADO, a cumplir la pena de VEINTICINCO (25) AÑOS, DOS (2) MESES, TRES (3) DIAS, OCHO (8) HORAS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO y LESIONES PERSONALES LEVES.
Revisada la presente causa observa este Tribunal el penado CARLOS EDUARDO RUIZ, fue detenido en fecha 14-09-1980, y condenado a cumplir la pena de VEINTICINCO (25) AÑOS, DOS (2) MESES, TRES (3) DIAS, OCHO (8) HORAS DE PRESIDIO, cumpliendo la totalidad de la pena en fecha 17-11-2005.
En consecuencia, este Tribunal de Ejecución N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINTA LA PENA CORPORAL, impuesta al penado CARLOS EDUARDO RUIZ, continuándose con la Ejecución de la Pena Accesoria de la sujeción a la Vigilancia de la Autoridad, de conformidad con el Articulo 105 del Código Penal.
Ofíciese al Ministerio del Interior y Justicia, a la oficina de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores y al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas de Caracas, Barcelona y Puerto la Cruz, a objeto que eliminen las posibles solicitudes de captura que pesen sobre el referido ciudadano, en relación a la presente causa, a la Prefectura del Estado Carabobo, participándole que el referido penado quedará sometido a la Vigilancia de este Despacho hasta el día 27-12-2011.
Notifíquese al Fiscal de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado, a la Defensa. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION N° 01,
DRA. HILDA ZAMORA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
ABG. GABRIELA SALAZAR
HZA/datsy.