REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 22 de Noviembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-000930
ASUNTO : BP01-P-2004-000195

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada en fecha: 20-07-2005, por el Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual ABSUELVE al acusado EFRAIN JESUS GOMEZ LOPEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.477.038, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido el 30-12-1980, de 23 años de edad, Ayudante de carnicería, soltero, hijo de Jovilixis Margarita López (v) y Luis Efraín Gómez, residenciado en Tierra Adentro, calle Monagas Nº 57, Puerto La Cruz Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 36 de la LEY ORGANICA SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, EN PERJUICIO DE LA COLECTIVIDAD. Todo de conformidad con lo consagrado en los Artículos 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA IMEDIATA EJECUCION DE LA SENTENCIA ABSOLUTORIA, dictada en la presente causa.
Líbrese oficio al Jefe de la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia. Caracas y al Director de la Oficinal Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, a objeto de que elimine las solicitudes de captura que pesen sobre la referida penado y sean excluido de las pantallas de los organismos policiales, en la presente causa.-
Notifíquese al Fiscal 1° de Ejecución y Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Dr. JOSÉ LUIS AZUAJE BENÍTEZ, al Defensor de Confianza, Dr. LUIS LEON. Remítase la presente causa en su forma original al Jefe del Archivo Judicial, a los fines de su cuido y archivo. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCION N° 01.
DRA. HILDA ZAMORA ALVAREZ
LA SECRETARIA.,
ABG. GABRIELA SALAZAR
HZA/dilia.-