REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-S-2005-003373
Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por los ciudadanos AURISTELA DEL VALLE GARCIA MAITA, FLOR DEL VALLE GARCIA VALLEJO, BRUNILDA DEL CARMEN GARCIA VALLEJO, WILSIN RAFAEL GARCIA VALLEJO, LUIS ANTONIO GARCIA VALLEJO, JUAN JOSÉ GARCIA VALLEJO, CRISTINA DEL VALLE GARCIA VALLEJO, TIRSO GREGORIO GARCIA MAITA, JULIO CESAR GARCIA MAITA y JOSÉ ERNESTO GARCIA MAITA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, asistidos por el abogado JOSÉ GREGORIO ROBLES BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.188, mediante el cual solicitan sean declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus BONIFACIO GARCIA LOVERA, quien falleció ab- intestato el 06 de junio del año 2.004, en la Calle 5 de Julio, Casa N° 14, Colinas del Frío, Puerto La Cruz, Municipio Autónomo Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos OLIVIA DEL CARMEN GONZÁLEZ y MARIA ELENA GOATACHE GUZMAN, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus BONIFACIO GARCIA LOVERA, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original a los solicitantes y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
LA JUEZ PROVISORIO,



DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA ACC.,



DRA. MARIEUGELYS GARCIA C.

En la misma fecha anterior se devolvió original en veintiún (21) folios útiles. Conste.,

LA SECRETARIA ACC.,


DRA. MARIEUGELYS GARCIA C.