REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-S-2005-004022
Vista la anterior solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus anexos, presentado por la ciudadana LUISA ANTONIA TIRADO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. 8.231.181, actuando en su propio nombre y en nombre de sus hermanos, ciudadanos PEDRO LUIS TIRADO YAGUARAMAY, ROSELIA JOSEFINA TIRADO YAGUARAMAY, OSWALDO DE JESUS TIRADO YAGUARAMAY, LUIS SEGUNDO TIRADO YAGAURAMAY y ROSANA ALEJANDRA TIRADO YAGUARAMAY, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 5.484.078, 8.203.274, 8.208.240, 8.270.213 y 8.286.318, respectivamente, asistida por el Abogado MANZUR ADONIS GONZALEZ CORREDOR, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 81.000, actuando en su condición de hijos de la difunta, ciudadana ROSA CELESTINA YAGUARAMAY de TIRADO, donde solicita sea declarada UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, de la De Cujus, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 495.368, fallecida Ab-intestato el día 26 de junio de 2.005.-
Este Tribunal, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de las ciudadanas LISBETH ZAMBRANO CUECHE y LILIANA ZAMBRANO, quienes declararon por ante este Tribunal, en fecha 03 de Noviembre de 2.005, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la “DE CUJUS”, a los ciudadanos LUISA ANTONIA TIRADO, PEDRO LUIS TIRADO YAGUARAMAY, ROSELIA JOSEFINA TIRADO YAGUARAMAY, OSWALDO DE JESUS TIRADO YAGUARAMAY, LUIS SEGUNDO TIRADO YAGAURAMAY y ROSANA ALEJANDRA TIRADO YAGUARAMAY ROSA CELESTINA YAGUARAMAY de TIRADO, antes identificados, en su condición de hijos de la difunta antes mencionada, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Déjese copia certificada del presente Decreto.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal, y así se decide
La Juez Provisorio,

Dra. Ida Tineo de Mata.- La Secretaria Acc.,

Abg. Marieugelys García Capella.-