REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-V-2005-001193
La presente causa se contrae al juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentado por la ciudadana SORAYA RUIZ CHILIBERTY, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 5.019.881, asistida por el abogado CARLOS GUZMAN BARRIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67366, en contra de la ciudadana GLADYS DE JESÚS CHILIBERTI HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 1.881.454; el cual fue admitido por este Despacho en fecha 30 de septiembre del año 2005.-
En fecha seis (06) de octubre de 2005, se libró la compulsa correspondiente a la ciudadana Gladys de Jesús Chiliberti, antes identificada, diligenciando la misma en fecha 18 de octubre de 2005, otorgándole poder a la abogada MILDRED IVONNE OROZCO MORO, inscrita en e Inpreabogado bajo el N° 67365 y dándose por citada en la presente causa.-
En fecha tres (03) de noviembre de 2.005, compareció por ante este Juzgado la abogada MILDRED OROZCO, arriba identificada, con su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, presentando diligencia constante de dos (02) folios útiles, mediante la cual conviene en la presente demanda y solicitando la homologación de la misma en los términos y condiciones por ella suscrito, en consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.713 del Código Civil, HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el referido convenimiento, en los mismos términos y condiciones por ella suscrito y se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Regístrese y publíquese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.- En Barcelona, a los siete (07) días del mes de noviembre del año dos mil cinco.- Años: 195º
de la Independencia y 146° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO,



DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA ACC.,



DRA. MARIEUGELYS GARCIA C.