REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BP02-F-2003-000180



En horas de despacho del día de hoy, ocho (08) de Noviembre del año dos mil cinco (2.005), siendo las 10:30 a.m., hora y fecha fijados para que tenga lugar el segundo acto reconciliatorio en la presente causa de Divorcio, se abre el acto previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal por parte del Alguacil.- Presentes en este acto la Fiscal Undécimo del Ministerio Público Dra. CARMEN ALVIAREZ y el defensor Judicial de la parte demandada abogado GUSTAVO RAMOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.643.- El Tribunal deja constancia que no compareció la parte demandante ni por si ni por medio de apoderado Judicial, en consecuencia, este Tribunal en virtud de la falta de comparecencia de la parte demandante, declara extinguido el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ PROV.,

DRA. IDA TINEO DE MATA

LA FISCAL ÚNDECIMO MINISTERIO PÚBLICO,


EL DEFENSOR JUDICIAL,


LA SECRETARIA ACC.,


ABG. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.