REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2005-003773
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, presentada por el Dr. JOSÉ GREGORIO PORRAS ROJAS, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.669, actuando en nombre y representación de la Ciudadana: ROSA MARGARITA CARPAVIRE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.902.886, domiciliada en Píritu, Municipio Bruzual, Estado Anzoátegui, representación tal que consta de instrumento poder, debidamente autenticado por ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Bruzual y Carvajal del Estado Anzoátegui, en fecha 09 de Mayo de 2.005, inserto bajo el N° 36, Tomo 3 de los libros de autenticaciones folios 81 al 82, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: JOSÉ CELESTINO ALVAREZ SIFONTES y LEOPOLDO RAFAEL SALAZAR GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 5.484.713 y 4.901.494,respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista, trato y comunicación desde hace varios años a la Ciudadana: ROSA MARGARITA CARPAVIRE; igualmente conocieron a su difunto hermano ORLANDO CELESTINO CARPAVIRE; además saben y les consta que la ciudadana: ROSA MARGARITA CARPAVIRE, es la única hermana del ciudadano: Orlando Celestino CArpavire; y saben y les constan que su hermano falleció abintestato, en la ciudad de Barcelona del estado Anzoátegui, el día 09 de Agosto del año 2004 y la referida ciudadana es la Única y Universal Heredera, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a la ciudadana, ROSA MARGARITA CARPAVIRE, COMO LA UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de su difunto hermano ORLANDO CELESTINO CARPAVIRE, dejando a salvo los derechos de terceros.
Tómese nota de este Decreto en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año y devuélvanse los originales con su resultas las presentes actuaciones.-
La Juez Suplente Especial,
Dra. MILAGROS RODRIGUEZ TRILLO.
La Secretaria,
Dra. MARÍA RENZULLI DÁVILA.
JMG/Gledys.-