REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BP02-S-2005-003666

Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, presentada por la ciudadana MARIA ALEJANDRA BERICOTE DE QUILARQUE, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad número 8.219.236, asistida por el Dr. YUNER ALEXANDER CASTRO GUAURA, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.108, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: TEOTISTE CHAUDARI y ELPIDIO JOSE CHIVICO MOLERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 1.154.593 y 8.214.598,respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista, trato y comunicación desde hace varios años a la Ciudadana: MARIA ALEJANDRA BERICOTE DE QUILARQUE, igualmente que le consta que contrajo matrimonio en fecha 16 de agosto del 2003 con el ciudadano OSCAR ANGEL QUILARQUE QUILARQUE; además saben y les consta que no procrearon hijos y que permaneció unida en matrimonio con el referido causante Oscar Ángel Quilarque Quilarquela, hasta el día en que falleció, asimismo les consta que la ciudadana María Alejandra Bericote de Quilarque es la unica y universal heredera del ciudadano OSCAR ANGEL QUILARQUE QUILARQUE, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a la ciudadana, MARIA ALEJANDRA BERICOTE DE QUILARQUE COMO LA UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de su difunto esposo OSCAR ANGEL QUILARQUE QUILARQUE, dejando a salvo los derechos de terceros.
Devuélvanse los originales con su resultas de las presentes actuaciones.-
La Juez Suplente Especial,

Dra. MILAGROS RODRIGUEZ TRILLO.
La Secretaria,

Dra. MARÍA RENZULLI DÁVILA.