REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, uno de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2005-002264
Vista la anterior Solicitud de TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus anexos, presentada por la abogada en ejercicio MIREYA BALZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 8.237.616, e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 103.777, y domiciliada en la Ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos WILLIANS FERNANDO, ROBISON JOSE, VICTOR ORLANDO, JEAN CARLOS y MARIA FERNANDA FIGUERA FLORES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad No.- 8.249.789, 9.868.639, 8.273.186, 14.213.077 y 16.252.168, respectivamente y domiciliados en la Ciudad de Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, en su condición de hijos del De-Cujus TOMAS FERNANDO FIGUERA, donde solicita sean declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De-Cujus TOMAS FERNANDO FIGUERA, fallecido Ab- intestato el día 04 de Febrero de 2005.-
Este Tribunal, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos, MIRIAN CELESTE GARCIA CHAURAN y RUTHMARY C. FREITES BLANCO, quienes declararon por ante este Tribunal, en fecha 19 de Julio de 2005, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De-Cujus TOMAS FERNANDO FIGUERA, a los ciudadanos WILLIANS FERNANDO, ROBISON JOSE, VICTOR ORLANDO, JEAN CARLOS y MARIA FERNANDA FIGUERA FLORES, en sus condiciones de hijos legítimos del difunto antes mencionado, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal, y así se Decide.-
El Juez Temporal,
Dr. Luis Alberto Rivas Silva.
La Secretaria Accidental;
Abg. Berley Rondón Villa.-
LARS/kgs