REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, uno de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BP12-S-2005-001442

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: JOSE OMAR YUCUMARE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.001.230, asistido por los abogados LOURDES ROYETT AZACON y YURBIS GUTIERREZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 72.622 y 84.716, respectivamente, y vistas asimismo las declaraciones rendidas por los ciudadanos: ZAMARA ELENA MARQUEZ LAREZ y FRANCISCO ANTONIO PARIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 17.650.504 y 10.063.237, respectivamente, el Tribunal dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE, para asegurar los derechos aducidos por el postulante en la solicitud que corre por cabeza de las mismas y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ


LA SECRETARIA,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ







Evacuadas como han sido las presentes actuaciones, se acuerda la devolución de los originales, previa su certificación en los autos.-


LA SECRETARIA,