REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, 30 de noviembre de 2005
195º y 146º
Vista la diligencia de fecha 25 de octubre de 2005, suscrita por el Abogado RAMON ANTONIO BONYORNI MIJARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 106.780, mediante la cual consigna constancia de elaboración del Low Boy, emitida por la empresa BAKER HUGHES S.R.L., por cuanto este Tribunal por auto de fecha 13 de octubre del presente año, insto al solicitante a que consignara facturas que acreditaran los gastos efectuados para la adquisición del Low Boy, y se evidencia de la revisión del recaudo anexo que no es lo requerido para la Admisión de dicha solicitud., es por lo antes expuesto, que se le hace del conocimiento al peticionante que por ante esta vía, no se acredita la Propiedad del bien, y solo procede la emisión de Titulo Supletorio en este caso solo para la reconstrucción parcial o total del mismo, motivo por el cual este Tribunal NIEGA la presente solicitud.-
Esta decisión se dicta Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
LA JUEZ TEMPORAL.,
ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ.-
LA SECRETARIA.,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ.-
AMDELCP
ASUNTO: BP12-S-2005-002521
|