Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, 09 de noviembre de 2005
195º y 146º
Vista la diligencia de fecha primero de noviembre del año 2005, presentada por la abogada LUISA VELASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 85.631.- Se observa, de la revisión de la presente solicitud, que el peticionante no acompaña original del Acta de Defunción solicitada por este Tribunal mediante auto de fecha 11 de agosto del presente año, motivo por el cual se NIEGA dicha solicitud.- Asimismo se constata que la prenombrada Abogada tenga carácter alguno para actuar en la misma, ello tomando en consideración que la Ley procesal exige que para actuar en juicio en nombre de otro se requiere Poder, todo de conformidad con el Artículo 150 del Código de Procedimiento Civil, desprendiéndose de lo trascrito supra, que no consta representación alguna.
Esta decisión se dicta Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
LA JUEZ TEMPORAL.,

ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ.-

LA SECRETARIA.,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ.-