REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

N° DE EXPEDIENTE: BP02-S-2005-003835
PARTE ACTORA: ANGEL MIGUEL TENORIO HERRERA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DESCONOCIDOS
PARTE DEMANDADA: CONSULTORA Y CONSTRUCTORA INCENTER C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO BRITO GAMBOA
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy treinta de noviembre de dos mil cinco, siendo las 11:00 A.M,. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, fue anunciado el acto a las puertas del Tribunal a las partes involucradas en la presente causa; se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano ANGEL TENORIO, titular de la cédula de identidad N°13.169.836, no compareció ni por sí ni por medio de apoderado alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, sólo hizo acto de presencia el Abogado PEDRO BRITO GAMBOA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N°17.437, en su carácter de apoderado judicial de la empresa CONSULTORA Y CONSTRUCTORA INCENTER, C.A., tal como coonsta de Poder Original y copia simple que consigna a efectos de vista para que previa su certificación sea agregado a los autos, quién consigna sus escrito de promoción de pruebas, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °.
La Juez

Abg. YISSEIN LÓPEZ
La Secretaria,

Abg. Noemí Mogna
Los presentes