REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, uno de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-L-2005-000776
Visto el escrito presentado en fecha veintiocho (28) de Octubre de dos mil cinco (2005), por la ciudadana BETZAIDA BRICEÑO, en su carácter de Gerente General de la SOCIEDAD MERCANTIL SEGURIDAD JOS C.A (SEGUJOSCA), asistida por el abogado FABRICIO LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.463, parte demandada por una parte, y por la otra, el abogado SANDINO DUARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 106.378, en representación del ciudadano JOSE FRANCISCO RODRIGUEZ HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 6.256.784, contentivo de Transacción; en consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la referida TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. De igual manera se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, al primer (01) día de mes de noviembre de dos mil cinco (2005), y así se decide.-
El Juez

Abg. Sergio Millán Charles.
La Secretaria

Abg. María Carmona.

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.-

La Secretaria
Abg. María Carmona.
SM/MC/mag.-