REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2005-003899
PARTE ACTORA: HENRY ALBERTO GARCIA KIENZLER; venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Número 6.437.863.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO PRESENTO.
EMPRESA DEMANDADA: CONSULT CONSTRUCCT INCENTER, C.A.
ABOGADO DE LA DEMANDADA: PEDRO BRITO GAMBOA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 17.437.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy dieciocho (18) de noviembre de dos mil cinco, siendo las diez (10:00) a.m. de la mañana de oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, por CALIFICACIÓN DE DESPIDO; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, haciendo acto de presencia por la demandada el abogado PEDRO BRITO GAMBOA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 17.437, según poder consignado. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195°.

El Juez Temporal

Abg. Sergio Millan Charles
La Secretaria

Abg. Maria Carmona

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 10:28 a.m. Conste.

La Secretaria

Abg. Maria Carmona