REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, uno de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-L-2004-001175
Vista la transacción presentada por las partes en la presente causa en fecha veintisiete (27) de octubre de dos mil cinco (2005); este Tribunal vistas las facultades de los abogados de la empresa demandadas, como se observa de la empresa GBC INGENIEROS CONTRATISTAS, S.A., cursante a los folios treinta (30) y su vuelto y de la empresa PETROLERA AMERIVEN, que riela desde el folio cuarenta y tres (43) al cuarenta y siete (47); este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Anzoátegui, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, le imparte su HOMOLOGACIÓN en todas y cada una de sus partes, de igual forma se acuerda expedir las copias certificadas de la transacción antes señalada y del presente autos. En consecuencia, se da por terminado el presente asunto ordenándose el envío del expediente al Archivo Judicial. Cúmplase.-
La Juez,
Abg. María José Carrión. La Secretaria,
Abg. Noemi Mogna.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.
La Secretaria,
Abg. Noemi Mogna.
MJC/NM/mr.-