REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-L-2005-000383
Visto el escrito presentado en fecha dieciocho (18) de Noviembre de dos mil cinco (2005), por una parte, por el ciudadano OCAR RODRIGUEZ RONDON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55051, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE PERICANTAR, C.A, y por otra parte, el ciudadano YONHNY LÓPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.576.363, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano GERMAN GUARACO, identificado en autos, contentivo transacción a que han llegado las partes, percatando que la misma no vulnera los derechos del trabajador y la misma se encuentra ajustada a Derecho y habiendo solicitado las partes que se homologue dicha transacción y se ordene el archivo del expediente; este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la referida transacción en el juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. De igual manera da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre de dos mil cinco (2005), y así se decide.-
El Juez,
Abg. Martín Sucre.
La Secretaria,
Abg. Fabiola Pérez
En esta misma fecha se dió cumplimiento de lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. Fabiola pérez
MS/FP/mag.-