REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-V-2005-001421
Por recibida la anterior solicitud de REGIMEN DE VISITAS, propuesta por el Ciudadano LUIS ALFREDO DELGADO RONDON, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.323.950, actuando en representación de su hijo la niña RUDY PATRICIA HERNANDEZ GUERRA, de tres (03) años de edad, debidamente asistido en este acto por la Abogada JOSEFINA GONZALEZ MARCANO, en su carácter de Defensora de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todos constante de un (01) folio útil y tres (03) anexos. Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. En consecuencia, notifíquese a la ciudadana RUTH PATRICIA HERNANDEZ GUERRA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.333.376, domiciliada en: La Urbanización Los Cortijos de Oriente Sector “A”, Manzana 25, casa 10, Barcelona, Municipio Simón Bolívar, Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, a fin de exponer sus alegatos con relación a la presente demanda, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a la notificación, en horas comprendidas de ocho y treinta (8:30.AM) de la mañana y dos y treinta (2:30. pm) de la tarde. Se indica que la Juez intentará la conciliación entre las partes, la cual tendrá lugar a las once de la mañana (11: 00 AM), del mismo día de la comparecencia de ambas partes. Notifíquese asimismo del inicio a la Fiscal Undécima del Ministerio Público.- Líbrese boletas.-
LA JUEZ PROVISORIA UNIPERSONAL N° 02
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA acc.
ABOG. LORELYS C. FIGUEROA.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA acc.
ABOG. LORELYS C. FIGUEROA.
AJD/Mary C.