REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BH06-S-1998-000070
Vista la diligencia de fecha 03-10-2005, suscrita por la ciudadana ELIDA DEL CARMEN JIMENEZ, titular de la cédula de Identidad N° 5.993.963, inserta al folio 26 del presente expediente, en la cual solicita se le haga entrega el saldo total del dinero depositado a la orden de este Tribunal en la cuenta de ahorros N° 01-051-025658-7 aperturada en la Agencia del Banco Industrial de Venezuela, a nombre de su hija la adolescente JENNEDYS CAROLINA MEJIAS JIMENEZ y la opinión favorable vertida en autos por la DRA. FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, en su condición de Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Sala de Juicio N° 01 de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui ACUERDA hacer entrega de la totalidad del dinero depositado en la cuenta de ahorros N° 01-051-025658-7, aperturada en la Agencia del Banco Industrial de Venezuela, Barcelona a favor de la adolescente JENNEDYS CAROLINA MEJIAS JIMENEZ, a la ciudadana ELIDA DEL CARMEN JIMENEZ, cédulada bajo el N° 5.993.963, para cubrir gastos de escolares de la referida adolescente, correspondiéndole al Departamento de Contabilidad librar el oficio correspondiente al Gerente del Banco industrial de Venezuela, Barcelona.- Cúmplase.-
EL JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 01,
DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN.-
LA SECRETARIA,
Abog. ODALIS MARIN MAITAN.