REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-Z-2004-000144

Por cuanto el Tribunal observa que en la presente causa, la última actuación es de fecha 03 de Septiembre de 2004, por lo que se puede evidenciar que ha transcurrido más de un (01) año, sin actuaciones de ambas partes, en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, en uso de sus atribuciones Legales, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme al Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil DECLARA LA EXTINCIÓN DEL PROCESO; en la presente demanda de Divorcio, incoada por la ciudadana EYMAR JOSEFINA HERNANDEZ, en contra del ciudadano CLAUDIO TARTAGLIONE FUSTOLO, plenamente identificado en auto. Se ordena el cierre del presente Expediente y su remisión al Archivo Judicial. Y así se decide. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 01.


Dra. GLADYS SANCHEZ de GUZMAN.

LA SECRETARIA,


Abog. ODALIS MARIN MAITAN