REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BH06-X-2005-000216
Vista la diligencia de fecha 14-10-2005, suscrita por la ciudadana RAQUEL RIVERO DE MARCANO, asistida por la Abogado bajo el N° 88.291, en la cual solicita se apertura una cuenta de Ahorros a nombre de la niña MELANIE MARCANO RIVERO, a los fines de que le sea depositada la Pensión de Alimentos a la citada niña, en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA ABRIR CUADERNO SEPARADO DE MEDIDAS, que formara parte del cuaderno principal signado con el N° BP02-V-2005-001045, del juicio de Obligación Alimentaría relacionado con la niña MELANIE MARCANO RIVERO, propuesta por la ciudadana RAQUEL RIVERO DE MARCANO, en contra del ciudadano JOSE LUIS MARCANO GOMEZ y Ordena aperturar una cuenta de Ahorros a nombre de la niña MELANIE ALEJANDRA MARCANO RIVERO, en cero (0) bolívares en la Agencia del Banco Industrial de Venezuela, Barcelona, correspondiéndole al departamento de Contabilidad adscrito a este Tribunal librar el oficio correspondiente al Gerente del Banco Industrial de Venezuela, Barcelona.-
EL JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 01,
DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN.-
LA SECRETARIA,
Abog. ODALIS MARIN MAITAN.