REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2005-003394
Vistos: El escrito de fecha veinte (20) del mes de Septiembre del año dos mil cinco (2005), suscrito por la ciudadana CARMEN BEATRIZ HERNANDEZ LEDEZMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.169.813, de este domicilio, asistida en este acto por la abogada en ejercicio NAVIA HAJALE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 113.651, actuando en nombre y representación de sus hijos el adolescente y niño CARLOS ALBERTO BACAZ HERNANDEZ y CARLOS ADRIAN FIGUERA HERNANDEZ, de trece (13) y siete (07) años de edad actualmente, el primero hijo del ciudadano ALEXANDER BACAZ SIFONTES y el segundo hijo del ciudadano CARLOS ALBERTO FIGUERA HERNANDEZ, ambos hijos de la ciudadana CARMEN BEATRIZ HERNANDEZ LEDEZMA, tal y como se evidencia de sus respectivas Actas de Nacimiento, cursante a los folios tres (03) y cuatro (04) del presente expediente, en la cual solicita se les nombre un Curador A-d Hoc a los expresados adolescente y niño CARLOS ALBERTO BACAZ HERNANDEZ y CARLOS ADRIAN FIGUERA HERNANDEZ, en virtud de que su madre ciudadana CARMEN BEATRIZ HERNANDEZ LEDEZMA, plenamente identificada en autos, va a contraer nupcias, proponiendo para tal cargo a la ciudadana MARIELA JOSEFINA HERNANDEZ LEDEZMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.953.494, domiciliada en: Parroquia 23 de Enero, sector Andrés Eloy Blanco, callejón Las Delicias, casa N° 17, Caracas, Distrito Capital, y por cuanto observa este Tribunal que en fecha primero (01) del mes de Noviembre de 2005, cursante al folio dieciocho (18) del presente expediente, compareció la ciudadana MARIELA JOSEFINA HERNANDEZ LEDEZMA, aceptando el cargo de Curador Ad- Hoc del adolescente y niño CARLOS ALBERTO BACAZ HERNANDEZ y CARLOS ADRIAN FIGUERA HERNANDEZ, jurando en dicha oportunidad cumplirlo bien y fielmente. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Designa a la ciudadana MARIELA JOSEFINA HERNANDEZ LEDEZMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.953.494, domiciliada en: Parroquia 23 de Enero, sector Andrés Eloy Blanco, callejón Las Delicias, casa N° 17, Caracas, Distrito Capital, Curador Ad-Hoc del adolescente y niño CARLOS ALBERTO BACAZ HERNANDEZ y CARLOS ADRIAN FIGUERA HERNANDEZ, de trece (13) y siete (07) años de edad actualmente.-
Expídanse por secretaría dos (02) copias certificadas de la presente decisión y entréguesele a los interesados, a los fines Legales consiguientes.- Asimismo, se ordena el cierre y remisión del presente expediente al archivo judicial de este Estado, devuélvanse los originales consignados en el mismo, dejando copia en su lugar, previa confrontación por secretaria.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02.-

DRA. ANA JACINTA DURAN.-


LA SECRETARIA ACC.-
ABOG. LORELYS FIGUEROA.-

AJD/lba.-