Vista la diligencia de fecha 10 de Octubre de 2005, suscrita por el ciudadano Miguel Antonio Bolívar Mejías, parte demandante en este juicio, debidamente asistido por la Abogada Gayd Maza Delgado, mediante la cual desiste de la acción y del proceso contenido en la presente causa; Vista la diligencia de fecha 10 de Octubre de 2005, suscrita por el ciudadano Miguel Antonio Bolívar Mejías, parte demandante en este juicio, debidamente asistido por la Abogada Gayd Maza Delgado, mediante la cual desiste de la acción y del proceso contenido en la presente causa; este Juzgado Superior HOMOLOGA el desistimiento formulado, por no ser contrario a derecho. En consecuencia, ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial. Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada. (Expediente signado con el Nº BP02-N-2004-000347).
El Juez Provisorio,
Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria,
Abog. Mariela Trías Zerpa
El Juez Provisorio,
Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria,
Abog. Mariela Trías Zerpa
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