REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO TRIBUTARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, catorce de octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-U-2004-000216
Visto el Recurso Contencioso Tributario, recibido por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) Civil, en fecha 11 de octubre de 2004, remitido por el ciudadano Ramón A. Silva Carrillo en su condición de Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Insular del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) adscrito al Ministerio de Finanzas, según Resolución N° 025 de fecha 23 de febrero de 2002, Gaceta oficial N° 33.660 de fecha 12 de marzo de 1999, mediante oficio N° RI/DJT/CPF/2004- 2.207 de fecha 29 de septiembre de 2004, interpuesto en fecha 21 de septiembre de 2004, por ante la División de Asistencia al Contribuyente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) Región Insular, adscrito al Ministerio de Finanzas, por el ciudadano MARIO D´AMBROSIO REA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.303.025, actuando en su carácter de Presidente de la contribuyente CONSTRUCTORA NUEVA ESPARTA, C.A., Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 10 de noviembre de 1982, bajo el Nº 278, Tomo IV, Adicional 5, asistido por la abogada MÓNICA D´AMBROSIO SCIFO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.921.126 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 100.562 contra la Resolución N° RI/DJT/CRA/2004-215 de fecha 29-07-2004 que declara improcedente la prescripción alegada en contra de las planillas de liquidación Números:
1) 09-10-01-1-30-017047 y planilla a pagar Nº 3095017094-4, por Bolívares Ciento Cuarenta y Cuatro Mil Doscientos Diecisiete con Noventa y Tres Céntimos (Bs. 144.217,93), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-11-92 al 30-11-92.
2) 09-10-01-1-30-017048 y planilla a pagar Nº 3095017096-0, por Bolívares Novecientos Sesenta y Tres con Cuarenta y ocho Céntimos (Bs. 963,48), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-02-94 al 28-02-94.
3) 09-10-01-1-30-017049 y planilla a pagar Nº 3095017097-9, por Bolívares Trescientos Cuarenta y Tres con Noventa y Siete Céntimos (Bs. 343,97), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-06-94 al 30-06-94.
4) 09-10-01-1-30-017050 y planilla a pagar Nº 3095017098-7, por Bolívares Ochocientos Veinticinco con Ochenta y Un Céntimos (Bs. 825,81), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-06-94 al 30-06-94.
5) 09-10-01-1-30-017051 y planilla a pagar Nº 3095017099-5, por Bolívares Ciento Sesenta y Nueve con Ochenta y Cuatro Céntimos (Bs. 169,84), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-08-94 al 31-08-94.
6) 09-10-01-1-30-017052 y planilla a pagar Nº 3095017100-2, por Bolívares Setecientos Sesenta y Ocho con Treinta y Tres Céntimos (Bs. 768,33), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-11-94 al 30-11-94.
7) 09-10-01-1-30-017053 y planilla a pagar Nº 3095017101-0, por Bolívares Un Mil Ochocientos Sesenta y Nueve con Ochenta y Nueve Céntimos (Bs. 1.869,89), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-12-94 al 30-12-94.
8) 09-10-01-1-30-017054 y planilla a pagar Nº 3095017102-9, por Bolívares Trece Mil Seiscientos Setenta y Dos con Noventa y Seis Céntimos (Bs. 13.672,96), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-12-94 al 30-12-94.
9) 09-10-01-1-30-017055 y planilla a pagar Nº 3095017103-7, por Bolívares Un Mil Trescientos Cuarenta y Seis con Ochenta y Tres Céntimos (Bs. 1.346,83 ), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-05-95 al 30-05-95.
10) 09-10-01-1-30-017056 y planilla a pagar Nº 3095017104-5, por Bolívares Cuatrocientos Setenta y Cinco con Noventa y Tres Céntimos (Bs. 475,93), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-05-95 al 30-05-95.
11) 09-10-01-1-30-017057 y planilla a pagar Nº 3095017105-3, por Bolívares Setenta y Ocho Mil Novecientos Cincuenta con Veinte Céntimos (Bs. 78.950,20), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-06-95 al 30-06-95.
12) 09-10-01-1-30-017058 y planilla a pagar Nº 3095017106-1, por Bolívares Cuarenta y Dos Mil Doscientos Treinta y Siete con Noventa y Un Céntimos (Bs. 42.237,91), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-06-95 al 30-06-95.
13) 09-10-01-1-30-017059 y planilla a pagar Nº 3095017107-0, por Bolívares Trescientos Cincuenta con Treinta y Cuatro Céntimos (Bs. 350,34), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-07-95 al 31-07-95.
14) 09-10-01-1-30-017060 y planilla a pagar Nº 3095017108-8, por Bolívares Ciento Treinta y Cinco con Sesenta y Cuatro Céntimos (Bs. 135,64), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-07-95 al 31-07-95.
15) 09-10-01-1-30-017061 y planilla a pagar Nº 3095017109-6, por Bolívares Trescientos Sesenta con Treinta y Seis Céntimos (Bs. 360,36), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-08-95 al 30-08-95.
16) 09-10-01-1-30-017062 y planilla a pagar Nº 3095017110-0, por Bolívares Cuatrocientos Diecisiete con Sesenta y Siete Céntimos (Bs. 417,67), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-09-95 al 30-09-95.
17) 09-10-01-1-30-017063 y planilla a pagar Nº 3095017111-8, por Bolívares Quinientos Veintiún Mil Ciento Veinte con Cinco céntimos (Bs. 521.120,05), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-10-95 al 30-10-95.
18) 09-10-01-1-30-017064 y planilla a pagar Nº 3095017112-6, por Bolívares Cincuenta y Cuatro Mil Doscientos Ochenta con Treinta y Ocho Céntimos (Bs. 54.280,38), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-11-95 al 30-11-95.
19) 09-10-01-1-30-017065 y planilla a pagar Nº 3095017113-4, por Bolívares Sesenta y Cuatro Mil Quinientos Sesenta y Dos con Seis Céntimos (Bs. 64.562,06), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-11-95 al 30-11-95.
20) 09-10-01-1-30-017066 y planilla a pagar Nº 3095017114-0, por Bolívares Cuatrocientos Setenta y Cuatro con Sesenta Céntimos (Bs. 474,60), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-02-96 al 29-02-96.
21) 09-10-01-1-30-017067 y planilla a pagar Nº 3095017115-0, por Bolívares Tres Mil Ochocientos Treinta y Dos con Doce Céntimos ( Bs. 3.832,12), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-03-96 al 31-03-96.
22) 09-10-01-1-30-017068 y planilla a pagar Nº 3095017116- 9, por Bolívares Un Millón Noventa y Nueve Mil Ochocientos Dieciséis con Ochenta y Nueve Céntimos (Bs. 1.099.816,89), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-04-96 al 30-04-96.
23) 09-10-01-1-30-017069 y planilla a pagar Nº 3095017117- 7, por Bolívares Setenta y Cuatro Mil Ciento Veintitrés con Veinticinco Céntimos (Bs. 74.123,25), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-11-96 al 30-11-96.
24) 09-10-01-1-30-017070 y planilla a pagar Nº 3095017118-5, por Bolívares Treinta y Ocho Mil Ciento Sesenta con Setenta y Cinco Céntimos (Bs. 38.170,75), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-11-96 al 30-11-96.
25) 09-10-01-1-30-017071 y planilla a pagar Nº 3095017119- 3, por Bolívares Doscientos Veintidós Mil Ciento Noventa y Tres con Ochenta y Un Céntimos (Bs. 222.193.81), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-11-96 al 30-11-96.
26) 09-10-01-1-30-017072 y planilla a pagar Nº 3095017120- 7, por Bolívares Ciento Ochenta y Ocho con Setenta y Cuatro Céntimos (Bs. 188,74), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-03-97 al 31-03-97.
27) 09-10-01-1-30-017073 y planilla a pagar Nº 3095017121-5, por Bolívares Un Mil Cuatrocientos Cincuenta con Ochenta y Cinco Céntimos (Bs. 1.450,85), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-03-97 al 31-03-97.
28) 09-10-01-1-30-017074 y planilla a pagar Nº 3095017122-3, por Bolívares Dos Mil Novecientos Sesenta y Cinco con Veintiocho Céntimos (Bs. 2.965,28), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-07-97 al 31-07-97.
29) 09-10-01-1-30-017075 y planilla a pagar Nº 3095017123-1, por Bolívares Veintiún Mil Ochocientos Veintidós con Setenta y Un Céntimos (Bs. 21.822,71), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-07-97 al 31-07-97.
30) 09-10-01-1-30-017076 y planilla a pagar Nº 3095017124-0, por Bolívares Doscientos Sesenta con Cuarenta y Seis Céntimos (Bs. 260,46), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-08-97 al 31-08-97.
31) 09-10-01-1-30-017077 y planilla a pagar Nº 3095017125-8, por Bolívares Un Mil Cuatrocientos Cuarenta y Cinco con Doce Céntimos (Bs. 1.445,12), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-08-97 al 31-08-97.
32) 09-10-01-1-30-017078 y planilla a pagar Nº 3095017126-6, por Bolívares Cuatrocientos Ochenta y Nueve con Trece Céntimos (Bs. 489,13), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-08-97 al 31-08-97.
33) 09-10-01-1-30-017079 y planilla a pagar Nº 3095017127-4, por Bolívares Diez Mil Trescientos Ochenta y Ocho con Un Céntimos (Bs. 10.388,01), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-08-97 al 31-08-97.
34) 09-10-01-1-30-017080 y planilla a pagar Nº 3095017128-2, por Bolívares Dos Mil Ochocientos Veintisiete con Cuarenta y Dos Céntimos (Bs. 2.827,42), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-11-97 al 30-11-97.
35) 09-10-01-1-30-017081 y planilla a pagar Nº 3095017129-0, por Bolívares Doce Mil Ochocientos Veinticuatro con Seis Céntimos (Bs. 12.824,06), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-12-97 al 31-12-97.
36) 09-10-01-1-30-017082 y planilla a pagar Nº 3095017130-4, por Bolívares Sesenta y Dos Mil Setecientos Catorce con Noventa y Dos Céntimos (Bs. 62.714,92), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-12-97 al 31-12-97.
37) 09-10-01-1-30-017083 y planilla a pagar Nº 3095017131-2, por Bolívares Quinientos Setenta y Uno con Treinta y Siete Céntimos (Bs. 571,37), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-01-98 al 31-01-98.
38) 09-10-01-1-30-017084 y planilla a pagar Nº 3095017132-0, por Bolívares Novecientos Noventa y Siete con Noventa y Cuatro Céntimos (Bs. 997,94), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-01-98 al 31-01-98.
39) 09-10-01-1-30-017085 y planilla a pagar Nº 3095017133-9, por Bolívares Tres Mil Doscientos Veintiséis con nueve Céntimos (Bs. 3.226,09), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-05-98 al 31-05-98.
40) 09-10-01-1-30-017086 y planilla a pagar Nº 3095017134-7, por Bolívares Trescientos Noventa y Tres con Ochenta y Ocho Céntimos (Bs. 393,88), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-08-98 al 31-08-98.
41) 09-10-01-1-30-017087 y planilla a pagar Nº 3095017135-5, por Bolívares Dos Mil Seiscientos Treinta y Uno con Trece Céntimos (Bs. 2.631,13), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-08-98 al 31-08-98.
42) 09-10-01-1-30-017088 y planilla a pagar Nº 3095017136-3, por Bolívares Ochocientos Setenta con Catorce Céntimos (Bs. 870,14), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-09-98 al 30-09-98.
43) 09-10-01-1-30-017089 y planilla a pagar Nº 3095017137-1, por Bolívares Mil Setecientos Dieciséis con Noventa Céntimos (Bs. 1.716,90), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-09-98 al 30-09-98.
44) 09-10-01-1-30-017090 y planilla a pagar Nº 3095017138-0, por Bolívares Tres Mil Setecientos Cuarenta y Seis con Noventa Céntimos (Bs.3.746,90), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-03-99 al 31-03-99.
45) 09-10-01-1-30-017091 y planilla a pagar Nº 3095017139-8, por Bolívares Tres Mil Ciento Cuarenta y Ocho con Doce Céntimos (Bs.3.148,12), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-03-99 al 31-03-99.
46) 09-10-01-1-30-017092 y planilla a pagar Nº 3095017140-1, por Bolívares Un Millón Seiscientos Setenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta y Cinco con Treinta Céntimos (Bs.1.674.475,30), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-04-99 al 30-04-99.
47) 09-10-01-1-30-017093 y planilla a pagar Nº 3095017141-0, por Bolívares Cuatro Mil Veinticinco con Sesenta y Siete Céntimos (Bs. 4.025,67), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-06-99 al 30-06-99.
48) 09-10-01-1-30-017094 y planilla a pagar Nº 3095017142-8, por Bolívares Setecientos Treinta y Cuatro con Dos Céntimos (Bs. 734,02), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-06-99 al 30-06-99.
49) 09-10-01-1-30-017095 y planilla a pagar Nº 3095017143-6, por Bolívares Ciento Doce Mil Cincuenta y Ocho con Veinticinco Céntimos (Bs. 112.058,25), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-07-99 al 31-07-99.
50) 09-10-01-1-30-017096 y planilla a pagar Nº 3095017144-4, por Bolívares Ochocientos Setenta y Dos con Cincuenta Céntimos (Bs. 872,50), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-09-99 al 30-09-99.
51) 09-10-01-1-30-017097 y planilla a pagar Nº 3095017145-2, por Bolívares Un Mil Nueve con Cuarenta y Siete Céntimos (Bs. 1.009,47), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-10-99 al 31-10-99.
52) 09-10-01-1-30-017098 y planilla a pagar Nº 3095017146-0, por Bolívares Treinta Mil Setecientos Setenta y Uno con Cincuenta y Un Céntimos (Bs. 30.771,51), por concepto de multa e intereses, correspondiente al ejercicio gravable comprendido entre el 01-12-00 al 31-12-00. Todas emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Insular del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) adscrito al Ministerio de Finanzas. Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario; este Tribunal Superior observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente, en sus artículos 259, 260, 261, 262, y 266; a saber: Se trata de un acto administrativo de efectos particulares, recurrible en la vía Jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad e interés de la recurrente; así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la recurrente; por tanto este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ADMITE cuanto ha lugar en derecho dicho Recurso Contencioso Tributario, salvo su apreciación en la definitiva; procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con los Artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er) día de despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la respectiva Administración Tributaria.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental. Barcelona, a los catorce (14) días del mes de Octubre del año 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
EL JUEZ TEMPORAL,
Dr. ONÉXIMO GARNICA PRATO
LA SECRETARIA,
ABG. MAGALY DÍAZ
Nota: En esta misma fecha (14/10/2005), siendo las 9:25 a.m., se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
LA SECRETARIA,
ABG. MAGALY DÍAZ
OGP/MD/vg.-.