REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de control de Barcelona
Barcelona, 19 de Octubre de 2005
195° y 146°


ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2005-003613
ASUNTO: BP01-P-2005-003613

Visto el escrito de fecha 03-10-2005, presentado por el ciudadano ARQUÍMEDES CARVAJAL, en virtud del cual solicita, previa la asistencia de abogado, la entrega del vehículo DAEWOO CIELO, BX, Año 2000, Color: Blanco; Uso: Transporte Público; Serial de Carrocería: KLATF19YB259823; Serial Motor: 615MF793641B; Placas: DH368T.
Este Tribunal de Control, a los fines de decidir: Observa.
En fecha 01-08-2005, la Fiscalía Primera del Ministerio Público de este Estado, Negó la entrega del vehículo mencionado supra por cuanto “practicada experticia por ERASMO PRADO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas. Se deja constancia: “Que el vehículo presenta la chapa que identifica el serial de Carrocería, se observa FALSO; el Serial del Motor es FALSO.
Consta en el folio 8, fotocopia del Certificado de Registro de Vehículo a nombre de ZULAY EVELINDA NUÑEZ COLINA, titular de la Cédula de Identidad N° 18.182.490.
Cursa en el folio 14, Documento Notariado de compra Venta entre ZULAY EVELINDA NUÑEZ COLINA y ARQUÍMEDES CARVAJAL.
Este Juzgador una vez analizada la presente solicitud, considera que aún y cuando la misma presenta defectos en la chapa que identifica la Carrocería, que el serial del motor, siendo considerados ambos falsos según la experticia realizada, es procedente, si se toma en cuenta que lo adquirieron a compra que realizada de buena fe y no existe algún otro reclamante que lo dispute la propiedad al solicitante; lo cual así se declara.
RESOLUCIÓN
Este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la entrega del vehículo Marca: Dawoo-Cielo; Color: Blanco; Placas: DH368T; Uso: Transporte Público; Serial del Motor: 615MF793641B; Serial Carrocería: KLATF19YB259823, al ciudadano ARQUÍMEDES CARVAJAL, titular de la Cédula de Identidad N° 3.168.164, de conformidad con lo establecido en el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese y líbrese oficio al Estacionamiento Grúas Luis, ubicado en la Carretera Nacional, Vía Clarines. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 01,

DR. JOSÉ LUIS ARRIOJAS
LA SECRETARIA,

ABG. RAQUEL BOLÍVAR
JLA/yelitza.-