REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 19 de Octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-000759
ASUNTO : BP01-S-2004-000759

JUEZ: DR. JOSE LUIS ARRIOJAS
FISCAL: 2° M. P. DRA. LILIANA AUMAITRE DE CACHAFEIRO

IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO:
ORLANDO SILVARIO HERNÁNDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 10.287.924, soltero, de 32 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en San Jonote, Calle Principal, Casa n° 27, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar.-
Visto el escrito de fecha 30 de Enero de 2004, presentado por la Dra. LILIANA AUMAITRE DE CACHAFEIRO, Fiscal Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en virtud del cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA que se le sigue al ciudadano ORLANDO SILVARIO HERNÁNDEZ, con fundamento a lo establecido en el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal.-
Este Tribunal de Control N° 01 a los fines de decidir, observa:
RESUMEN DE LOS HECHOS
Analizado como ha sido el escrito Fiscal, se aprecia en su texto lo siguiente: “En fecha 03-04-2.001, se recibió ante el Despacho del Fiscal a la causa signada bajo el Nro. F2-3013, sobre las actuaciones provenientes de la Dirección General Sectorial del Servicio Autónomo de Transporte y Tránsito Terrestre, Dirección de Vigilancia, Unidad Estatal, N° 21 Anzoátegui, con sede en Barcelona, relacionado con el accidente de tránsito ocurrido en fecha 31-03-2.001, del tipo ARROLLAMIENTO CON LESIONADOS, en el sitio denominado Autopista Rómulo Betancourt, frente al restaurant La Ceiba, Barcelona, donde intervinieron los vehículos Placas BAM-53S, servicio particular, marca ford, modelo 1.998, clase auto, tipo sedan, color azul, conducido por el ciudadano ORLANDO SILVANIO HERNÁNDEZ, portador de la cédula de identidad N° 11.516.837, resultando lesionado el ciudadano MIGUEL REYES-
SEGUNDO
PETITORIO FISCAL
Por lo anteriormente expuesto, solicito EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor del ciudadano ORLANDO SILVARIO HERNÁNDEZ, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.-
TERCERO
DEL DERECHO A APLICAR
Ahora bien, analizado como han sido los presentes hechos y tomando en cuenta el contenido del escrito fiscal, de las actas conformadoras de la causa en cuestión, se evidencia que no consta en autos el Reconocimiento Médico Legal, donde se deja constancia del carácter de la lesiones y el tiempo de curación de las mismas, que presentará la victima MIGUEL REYES, no existiendo razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación ni bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, tal y como lo señala el Artículo 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.- Que dice: ARTÍCULO 318 ORDINAL 4° “A pesar de la falta de certeza, no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundamente el enjuiciamiento del imputado”.-
Dado lo anterior, aprecia este Juzgador que en la Presente Causa se encuentran llenos los extremos legales del artículo antes mencionado, por lo que se concluye que la presente solicitud se encuentra ajustada a Derecho a así se declara:
RESOLUCIÓN
Este Juzgado Primero de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, solicitado por el Ministerio Público de la causa en contra del ciudadano ORLANDO SILVARIO HERNÁNDEZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese y Remítase al Archivo Judicial. Déjese Copia.-
EL JUEZ DE CONTROL N° 01

DR. JOSE LUIS ARRIOJAS
LA SECRETARIA

ABG. RAQUEL BOLÍVAR
JLA/norma.-