REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 7 de Octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-014988
ASUNTO : BP01-S-2004-014988


Visto el escrito presentado por el ciudadano YADIBERT MARIOTY GUALDRON GUERRA, titular de la cédula de identidad número 13.167.988, actuando en éste acto en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ALEXANDER PAEZ NEGRIN, titular de la cédula de identidad número 10.542.985, representado a su vez por el Dr. ELEAZAR JAVIER SALDIVIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 81.274, mediante la cual solicita a éste Despacho la entrega de un vehículo de su exclusiva propiedad, cuyas carcateristicas constan en autos; éste Tribunal de Control Nro. 02 para decidir observa:

PRIMERO: Revisadas todas y cada una de las actuaciones que conforman el presunto asunto, se observa que consta en autos Certificado de Registro de Vehículo signado con el número 1450288, de fecha 11-06-97, correspondiente al ciudadano ALEXANDER PAEZ NEGRIN, titular de la cédula de identidad número 10.542.985, respecto a un vehículo Marca Toyota, Modelo Corolla, Color Gris, Año 1.986, Placa XIB960, Serial de Carrocería AE829019462, Serial del Motor 4A3215939, Clase Automóvil, tipo Sedan, Uso Particular.

SEGUNDO: Consta en autos documento Poder, mediante la cual el ciudadano ALEXANDER PAEZ NEGRIN, titular de la cédula de identidad número 10.542.985, le otorga amplias facultades en cuando a derecho se requiere al ciudadano YADIBERT MARIOTY GUALDRON GUERRA, titular de la cédula de identidad número 13.167.988, respecto a un vehículo Marca Toyota, Modelo Corolla, Color Gris, Año 1.986, Placa XIB960, Serial de Carrocería AE829019462, Serial del Motor 4A3215939, Clase Automóvil, tipo Sedan, Uso Particular; debidamente autenticado en fecha 12-11-04, ante la Notaría Pública de Barcelona, Estado Anzoátegui, anotado bajo el número 53 Tomo 170 de los libros respectivos.

TERCERO: Consta en autos documento Poder suscrito por el ciudadano YADIBERT MARIOTY GUALDRON GUERRA, titular de la cédula de identidad número 13.167.988, mediante la cual sustituye parcialmente el Poder que le fuera conferido el ciudadano ALEXANDER PAEZ NEGRIN, antes identificado, en la persona del Abogado Dr. ELEAZAR JAVIER SALDIVIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 81.274, titular de la cédula de identidad número 11.833.933, respecto a un vehículo Marca Toyota, Modelo Corolla, Color Gris, Año 1.986, Placa XIB960, Serial de Carrocería AE829019462, Serial del Motor 4A3215939, Clase Automóvil, tipo Sedan, Uso Particular; debidamente autenticado en fecha 06-07-05, ante la Notaría Pública de Barcelona, Estado Anzoátegui, anotado bajo el número 43 Tomo 97 de los libros respectivos.

CUARTO: Cursa en autos Expertícia de Reconocimiento Legal practicada por el experto JOSE PARACARE, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona, practicada al vehículo objeto de la presente solicitud, mediante la cual concluyen que la chapa del corta fuego del lado izquierdo se observa Suplantada; el serial de seguridad ubicado en el corta fuego del lado derecho es Original y el serial del motor es original; asimismo, consta en autos, Acta de Investigación suscrita por el funcionario José Mariño, adscrito al referido Organismo de Investigación Penal, mediante la cual hace constar que una vez consultado ante el Sistema de Información Policial el vehículo objeto de la solicitud, éste no presenta solicitud alguna. En consecuencia, éste Órgano Jurisdiccional observa que el vehículo descrito con anterioridad no presente solicitud alguna por delitos de Hurto o Robo y a los fines de no vulnerar el Derecho Constitucional, relativa a la Propiedad, se acuerda la entrega Bajo Guarda y Custodia al ciudadano Abogado ELEAZAR JAVIER SALDIVIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 81.274, titular de la cédula de identidad número 11.833.933, respecto a un vehículo Marca Toyota, Modelo Corolla, Color Gris, Año 1.986, Placa XIB960, Serial de Carrocería AE829019462, Serial del Motor 4A3215939, Clase Automóvil, tipo Sedan, Uso Particular; quedando dicha entrega condicionada a no vender, traspasar, ni ceder dicho vehículo; debiendo colocarlo a disposición de éste Tribunal las veces que sea requerido.


DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Con Lugar la solicitud presentada por el Abogado ELEAZAR JAVIER SALDIVIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 81.274, titular de la cédula de identidad número 11.833.933; en consecuencia, conforme al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la entrega Bajo Guarda y Custodia del vehículo Marca Toyota, Modelo Corolla, Color Gris, Año 1.986, Placa XIB960, Serial de Carrocería AE829019462, Serial del Motor 4A3215939, Clase Automóvil, tipo Sedan, Uso Particular. SEGUNDO: Remítase oficio al Encargado del Estacionamiento Servi-Grúas. TERCERO: Devuélvanse los documentos originales al solicitante, debiéndose certificar por secretaría las copias respectivas y corregir la foliatura del expediente. CUARTO: Remítase el presente asunto a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de éste Estado a los fines legales pertinentes. Regístrese. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL Nro: 02.

Dr: JOSE FRANCISCO MOLINA.

LA SECRETARIA.

Abg. MARY MARTINEZ.