REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 14 de Octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2001-000513
ASUNTO : BP01-P-2001-000513

Visto el oficio No. ANZ-EJEC-S-1517-2005 de fecha 06-10-2005, emanado de la Fiscalía de Ejecución de la Sentencia del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el cual informan y dejan constancia de lo siguiente: "...En Inspección Ordinaria de fecha 03 de Octubre de 2005, realizada por este Representante Fiscal en la sede del Internado Judicial “Anzoátegui”, ubicado en la ciudad de Barcelona, específicamente en el Departamento de los Destacamentos de Trabajo, en cuya oportunidad se revisó el Libro de presentaciones de los Destacamentarios de Trabajo, donde se constato las faltas o incumplimiento de presentaciones del ciudadano AMERICO JOSE SANGUINEO TINEO, titular de la Cédula de Identidad N° 11.909.813, quien goza de la medida de pre-libertad de Destacamento de Trabajo, y no ha cumplido con las condiciones impuestas por el Tribunal que le acordó la referida medida, incurriendo de esta manera en la trasgresión de las medidas impuestas, así como también el Principio de Progresividad, previsto y sancionado en los artículos 7 y 61 de la Ley de Régimen Penitenciario..”, solicitando a este Tribunal acuerda Audiencia Oral. Ahora bien este Tribunal acuerda la inmediata REVOCATORIA, del beneficio otorgado al ciudadano AMERICO JOSE SANGUINEO TINEO.

De lo que se evidencia que el penado AMERICO JOSE SANGUINEO TINEO, titular de la Cédula de Identidad N° 11.909.813, no ha cumplido con sus obligaciones para con el Beneficio que actualmente goza, es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda REVOCAR EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado AMERICO JOSE SANGUINO TINEO, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 26 de Mayo de 1970, de 32 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 11.909.631, de profesión u oficio obrero, hijo de Américo Sanguino (d) y Lucrecia Tineo (v), domiciliado en la calle La Línea N° 102, Barrio El Esfuerzo, Barcelona, Estado Anzoátegui. por haber incumplido las condiciones impuestas para su permanencia en dicho régimen. En consecuencia Procédase a librar la correspondiente Boleta de Encarcelación a nombre del referido penado y remítase con orden de captura a la Delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Delegaciones Caracas, Barcelona y Puerto la Cruz, y asimismo librar oficios al Director del Internado Judicial José Antonio Anzoátegui y Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esta ciudad. Librense las correspondientes Notificaciones a las partes. Notifíquese al Fiscal de Ejecución de Sentencia del Ministerio Público Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCION N° 01,
DRA. HILDA ZAMORA ALVAREZ
LA SECRETARIA.,
ABG. GABRIELA SALAZAR
HZA/ luisa