REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BH01-M-2001-000010
Visto el CONVENIMIENTO, suscrito en la reunión conciliatoria celebrado en esta misma fecha, por la Abogada en ejercicio ROSA ALBA PALMENTIERI, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 20.500, en su carácter de Apoderada judicial de la parte demandante, por una parte, y por la otra, la Abogada en ejercicio RAINOA MARTÍNEZ MORFFE, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 107.179, en su carácter de Apoderada judicial de la parte demandada, en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, hubiere incoado el ciudadano JULIO CESAR HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, en contra de GREGORIO HERNÁNDEZ MARTÍNEZ y NEYSA AURORA LÓPEZ DE HERNÁNDEZ, en donde convienen suspender de mutuo y amistoso acuerdo, el curso de la presente causa por el lapso de diez (10) días de despachos contados partir de la presente fecha; este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 202, parágrafo primero, del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el presente Convenimiento, en los mismos términos y condiciones suscrito entre las partes, y procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Así se decide, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley.
El Juez, Temporal.
Henry Agobian Viettri.
La Secretaria Temporal,
Haidee Romero Flores.
HAV/jca.-
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