REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2005-003340
Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana SONIA ROJAS DE MORAGA, de nacionalidad Chilena, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E- 785.371, debidamente asistida por la abogada LEIDA SERRANO MEZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 18.629 , y los recaudos acompañados, mediante el cual solicita que ella y el ciudadano HORACIO MARIANO MORAGA ROJAS, sean declarados ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus HORACIO MARIO MORAGA NARANJO, quien falleció ab- intestato el día 22 de Septiembre de 1999, en la ciudad de Caracas, Distrito Capital.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones contestes rendidas por los ciudadanos ANTONIO CONTRERAS MONTILLA y MIRIAN DEL VALLE MARVAL DE CONTRERAS, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles sus condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus HORACIO MARIO MORAGA NARANJO, a su esposa ciudadana SONIA ROJAS DE MORAGA y a su hijo de nombre HORACIO MARIANO MORAGA ROJAS, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original al interesado y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.
LA JUEZ PROV.,
DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA ACC.,
ABOG. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.
NOTA. En esta misma fecha se devolvieron originales constantes de veinticinco folios útiles. Conste.
LA SECRETARIA ACC.,
ABOG. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.