REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de octubre de dos mil cinco
195º y 146º


ASUNTO : BP02-S-2005-003345

Vista la anterior solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos y los anexos que le acompañan, presentada por la ciudadana BRENDA GABRIELA SUAREZ ZABALA, venezolana mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 14.081.654, debidamente asistida por el Abogado LUIS ALBERTO SIFONTES SILVA, inscrito en Inpreabogado bajo el N° 51.416, donde solicita que tanto ella, como su hermano LUIS ARNALDO SUAREZ YTANARE, titular de la Cédula de Identidad No. 10.995.342 sean declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano FRANKLIN ARNOLDO SUAREZ GUZMAN, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No. 3.797.475, fallecido Ab-intestato el día cuatro (04) de agosto del año 2.005, en la Ciudad de Porlamar, del Estado Nueva Esparta.-

Este Tribunal, vistos los recaudos acompañados a la solicitud y las declaraciones de las testigos, ciudadanas DILCIA DE LAS MERCEDES LOPEZ e ISABEL DE ZABALA, plenamente identificadas en sus declaraciones hechas por antes este Juzgado en fecha 29 de septiembre del año 2.005; las cuales quedaron contestes en afirmar todos y cada uno de los particulares relativos a la solicitud, es por lo que este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del “de cujus”, FRANKLIN ARNOLDO SUAREZ GUZMAN a los ciudadanos BRENDA GABRIELA SUAREZ ZABALA y LUIS ARNALDO SUAREZ YTANARE, anteriormente identificados, en sus condiciones de hijos, del “de cujus” antes mencionado, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados y déjese nota en el Libro correspondiente que lleva este Tribunal.- Así se decide.-
El Juez Temporal.,

Dr. Luis Alberto Rivas Silva.- La Secretaria Acc.,

Abg. Berley Rondon Villa