REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2005-003566
Vista la anterior solicitud de TITULO Y UNIVERSALES HEREDEROS y los anexos que le acompañan, presentada por la ciudadana ANA DE JESUS CONDE DE GONTO, Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 1.191.356, asistida por el Abogado JESUS YIRE MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 34.767, donde solicita que tanto ella, como sus hijos ROBIN JOSE, LAURA JOSEFINA, JOSE ENEMIA, PEDRO LUIS GONTO CONDE y AMNOMARILYS DEL VALLE GONTO DE GUAREGUA, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-5.489.203, V- 8.209.117, V-8.247.111, V-8.253.214, sean declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano JOSE ENEMIAS GONTO BARROZIS, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No. V- 498.631, fallecido Ab-intestato el día ocho (08) de agosto del año 2.005, en la Clínica Centro Zambrano, Parroquia San Cristóbal, Barcelona, Estado Anzoátegui.-
Este Tribunal, vistos los recaudos acompañados a la solicitud y las declaraciones de los testigos, ciudadanos PABLO RAFAEL MARCANO RAMIREZ y MIGUEL ANTONIO GUAREGUA PORTILLO, plenamente identificados en sus declaraciones hechas por antes este Juzgado en fecha 04 de octubre del año 2.005; los cuales quedaron contestes en afirmar todos y cada uno de los particulares relativos a la solicitud, es por lo que este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del “de cujus”, JOSE ENEMIAS GONTO BARROZIS, a los ciudadanos ANA DE JESUS CONDE DE GONTO, ROBIN JOSE, LAURA JOSEFINA, JOSE ENEMIA, PEDRO LUIS GONTO CONDE y AMNOMARILYS DEL VALLE GONTO DE GUAREGUA, anteriormente identificados, en sus condiciones de esposa e hijos del “de cujus” antes mencionado, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados y déjese nota en el Libro correspondiente que lleva este Tribunal.- Asimismo, expídanse las copias certificadas solicitadas.- Así se decide.-
El Juez Temporal.,
Dr. Luis Alberto Rivas Silva.- La Secretaria Acc .,
Abg. Berley Rondon Villa