REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diez de octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-002845
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: ELFRIDE FIGUEROA ZAPATA venezolano, mayor de edad, y domiciliado en Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, titular de la cédula de identidad Nº 3.694.413, asistido de la abogado NANCY JOSEFINA MARTINEZ MAURERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N. 98.223, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de domicilio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle Las Brisas de la ciudad de Anaco, sobre un lote de terreno alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Con bienhechurias que son o fueron de Petra Bolívar; SUR: Con bienhechurias que son o fueron de Marlenis Fuentes; ESTE: Con terreno de Juan López; y OESTE: Con bienhechuria de Ricardo Fontana.- Dicha bienhechuria consta de una casa, construida de paredes de bloques de cemento, techo de zinc, piso de cerámica- El valor invertido es la cantidad de CUATRO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 4.000.000,oo) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 937, del Código de Procedimiento Civil, y dejándose a salvo los derechos de terceras personas pueden tener a prueba la mencionada justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano ELFRIDE FIGUEROA ZAPATA ya identificado en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto devuélvanse las actuaciones a la interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA.-
Constante de siete folios útiles se devuelven originales a la interesada.-
LA SECRETARIA
MARIANELA QUIJADA ESTABA.-