Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticuatro de octubre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BP12-S-2005-002047
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano JOSE GREGORIO MARIN OLIVIER, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.437.252, asistido por el abogado FRANK OLIVIER, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 86.980, y vistas asimismo las declaraciones rendidas por los ciudadanos: NAYMAR ALEXANDRA CAMPOS RENGIFO y JOSE RAFAEL OLIVIER RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 15.845.930 y 15.127.992, respectivamente, el Tribunal dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE, para asegurar los derechos aducidos por el postulante en la solicitud que corre por cabeza de las mismas y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ


LA SECRETARIA,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ







Evacuadas como han sido las presentes actuaciones, se acuerda la devolución de los originales, previa su certificación en los autos.-


LA SECRETARIA,