Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticuatro de octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP12-S-2005-002863
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada en fecha 28-09-05 y recibida en este Tribunal fecha 11 de octubre de 2005, se observa que en la misma se hace referencia a las bienhechurías realizadas por la ciudadana YITSY YRACELIS HERNANDEZ, asistida por el abogado APOLINAL RAMOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.166, y en la cual solicita se le declare TITULO SUFICIENTE.- Ahora bien, este Juzgado habiendo verificado en sistema la existencia de un TITULO SUPLETORIO signado con el N° BP12-S-2005-002513, recibido en fecha 09 de agosto de 2005, y del cual se desprende que tal solicitud va referida a las mismas mejoras y bienhechurías, a que se refiere la presente solicitud, a lo que cabe agregar que también se evidencia que por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, fue presentado y evacuado Titulo Supletorio formulado por la precitada ciudadana sobre las mismas bienhechurías, y a la cual le fue asignado el N° BP12-S-2005-2636 .- Por tal razón, este Tribunal NIEGA la admisión de la presente solicitud, y se advierte a la parte que de constatarse en el sistema el ingreso de una nueva solicitud de TITULO SUPLETORIO por las mismas mejoras y el mismo solicitante, será participada dicha actuación al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados respectivo.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ
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