Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, 24 de octubre de 2005
195º y 146º
Vista la solicitud de INSPECCION JUDICIAL, presentada por el abogado PABLO SEGUNDO ALVAREZ GRAELLS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 39.582.- El Tribual, en consecuencia, revisado como ha sido la presente solicitud, observa, que en el mismo no consta que el prenombrado Abogado tenga carácter alguno para actuar en el presente solicitud, por lo que este Tribunal NIEGA lo solicitado, ello tomando en consideración que la Ley procesal exige que para actuar en juicio en nombre de otro se requiere poder, todo de conformidad con el Artículo 150 del Código de Procedimiento Civil, desprendiéndose de lo trascrito supra, no consta representación alguna.
Esta decisión se dicta Administrando Justicia en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.-
LA JUEZ TEMPORAL.,
ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ.-
LA SECRETARIA.,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ.-
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