Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintisiete de octubre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BP12-S-2005-000311
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: YUDITH DEL VALLE MAURERA GUZMAN, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.652.815, asistida por la abogada NUVIA CHACARE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 49.217, y vistas asimismo las declaraciones rendidas por los ciudadanos: MARIA ALEJANDRINA BOMPART PAREDEZ y EDUARDO ANTONIO TORRES SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 4.908.050 y 5.479.950, respectivamente, el Tribunal dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE, para asegurar los derechos aducidos por la postulante en la solicitud que corre por cabeza de las mismas y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ


LA SECRETARIA,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ









Evacuadas como han sido las presentes actuaciones, se acuerda la devolución de los originales, previa su certificación en los autos.-


LA SECRETARIA,