Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, siete de octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-000210
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: FREDDY ALEXANDER MATUTE, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.453.145, de este domicilio, asistida por el abogado JOSE VALDERRAMA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 103.858, y vistas asimismo, las declaraciones rendidas por los ciudadanos: ROBERTO GREGORIO LUQUE OLMOS y JESUS LEONARDO GARCIA MEJIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 9.496.975 y 16.123.866, respectivamente, el Tribunal dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE, para asegurar los derechos aducidos por la postulante en la solicitud que corre por cabeza de las mismas y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ
Evacuadas como han sido las presentes actuaciones, se acuerda la devolución de los originales, previa su certificación en los autos.-
LA SECRETARIA,
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