REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de Octubre de dos mil cinco
195º y 146º
N° DE EXPEDIENTE: BP02-S-2005-000460
En el día hábil de hoy veinticinco de Octubre de dos mil cinco, siendo las 9:00 A.M., fue anunciado el acto por el alguacil a las puertas del Tribunal a las partes involucradas en la presente causa, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio; este Tribunal deja constancia que comparecieron a este acto los Abogados JOSÉ VENTURA ROJAS TRIAS, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.8.482, en su carácter de apoderado judicial de la empresa demandada MIRANDA, INGENIERÍA Y PROYECTOS, C.A. (MINPROCA). (CONFURCA), tal como consta de original que consigna en este acto, también consigna escrito de promoción de pruebas, igualmente se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °. Se deja constancia de que esta actuación no se diarios en el sistema juris 2000, en el día de hoy en virtud que se está haciendo mantenimiento de la memoria del sistema juris 2000, por lo que se dejará constancia en su oportunidad, aperturándose en el día de hoy un libro para llevar las actuaciones diarias del Tribunal.
La Juez
Abg. YISSEIN LÓPEZ
La Secretaria,
Abg. Noemí Mogna
Los presentes,
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