ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: BP02-S-2005-003135
PARTE ACTORA: JUAN RAMON MEJIAS RAMIREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: “Desconocido”.
PARTE DEMANDADA: SOLDADURAS Y TUBERIAS DE ORIENTE, C.A., (SOLTUCA).
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARY GABRIELA RAGA.
MOTIVO: SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS.
En el día hábil de hoy diez de octubre de dos mil cinco, siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que por SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, que incoare el ciudadano JUAN RAMON MEJIAS RAMIREZ en contra de la sociedad mercantil SOLDADURAS Y TUBERIAS DE ORIENTE, C.A., (SOLTUCA); se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, aun cuando el ciudadano Alguacil procedió a realizar el llamado de Ley a las partes involucradas, solo compareciendo la representación judicial de la parte demandada, abogado en ejercicio MARY GABRIELA RAGA S., INPREABOGADO Nº 80.998, según se evidencia de instrumento Poder autenticado por ante al Notaría Pública de Barcelona, en fecha, 04-10-05, anotado bajo el Nº 41, Tomo 152, de los libros llevados por esa oficina, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °.
La Juez
Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,
Abg. Maria Carmona Ainaga.
La Compareciente,
Seguidamente y en esta fecha de hoy, se publico la anterior decisión, siendo las 11:05, a.m., dándose cumplimiento a lo ordenado. Conste:
La Secretaria,
MJCG/MCA.-
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