REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BH0B-X-2005-000008
Vista la inhibición planteada por el Abogado ANTONIO ROJAS HERNANDEZ, en su condición de Juez Temporal del Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en la causa Nº BP02-L-2003-001376, contentiva del juicio por Cobro de Prestaciones Sociales incoado por los ciudadanos JUAN LUIS GOMEZ SERGIO SALAS, MARCANO, MANUEL CELESTINO MARTINEZ, RIBERTO CABRERA, EFRAIN GARCIA, ISMAEL RIVERO, MAURA VILLARROEL, MERCEDES GERARDO REYES MOROCOIMA y JAIME ENRIQUE ACUÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 494.548, 455.228, 1.476.121, 1.199.928, 4.218.986, 1.177.610, 4.502.620, 491.087 y 3.688.714, respectivamente contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR DEL ESTADO ANZOATEGUI, fundamentada dicha inhibición, en la causal contenida en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud de que el Juez inhibido, fijó posición respecto al fondo de la controversia y al ser su obligación garantizarle a los justiciables la imparcialidad, credibilidad y transparencia, que debe ostentar el poder judicial, se inhibe de conocer de la presente causa. En consecuencia, esta Alzada, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y tomado en consideración que la inhibición esta fundamentada en causal legal, declara la misma CON LUGAR. Así se decide. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
Particípese de la presente decisión al juez inhibido. Líbrese oficio y copia certificada de la presente decisión a los fines de la participación ordenada. Así mismo, en acatamiento a las disposiciones establecidas en el artículo 41 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena remitir las actuaciones contenidas en el presente expediente a los fines del conocimiento de la causa al Juez de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. Líbrense oficios.
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los trece (13) días del mes de octubre de 2005.
La Juez Temporal,
Abg. Carmen Cecilia Fleming H.
La secretaria,
Abg. Lourdes C. Romero H.
La anterior decisión fue dictada y publicada en esta misma fecha, siendo las 2:15 pm. Conste.
La Secretaria,
Abg. Lourdes C. Romero H.
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